REDUCCIÓN DE IGV AL 10% PARA MYPES DEL RUBRO RESTAURANTES, ALOJAMIENTOS Y HOTELES SEGÚN LEY NRO. 31556
¡Amigos Emprendedores! hace unos días se aprobó la Ley 31556, y les comunicamos que a partir del 1 de setiembre del 2022 entrará en vigor, reduciendo al 10% el valor del Impuesto General a las Ventas (IGV) y será aplicable para las Micro y Pequeñas Empresas que cumplan las siguientes características:
- Su actividad principal debe ser restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos.
- Los ingresos por ventas o prestación de servicios de dichas actividades representan, por lo menos, el setenta por ciento (70%) de sus ingresos.
- Ser microempresa (no superar las 150 UIT de ventas anuales) o pequeña empresa (que tiene entre 150 y 1700 UIT de ventas anuales).
- No están comprendidas aquellas empresas que:
- Conformen grupos económicos que en conjunto no reúnan las características antes mencionadas
- Tengan vinculación económica con otras empresas o grupos económicos nacionales o extranjeros
Si estas en este rubro y sabes que cumples dichas características, al momento de crear su comprobante electrónico, deberá aplicar el cambio del porcentaje del IGV al 10% así es, sabemos que se escucha que es el 8% pero debemos recordar que dentro el IGV se encuentra el 2% del IPM.
La vigencia de la norma se dará hasta el 31 de diciembre del 2024.
Ahora que conoces esta información, toma en cuenta cada punto mencionado y no olvides escribirnos a nuestro WhatsApp si tuvieras alguna duda. ¡Pasa la voz! 😉🤙✔👀