«Ingresos que generan los influencers califican como rentas de tercera categoría»
!Emprendedores! Hoy traemos un tema que a estado sonando estos últimos días, ¿Cuáles serán tus Obligaciones Tributarias si eres influencer?, 🤷♀️ Si eres un influencer, es decir, una persona que por su actividad en una o varias redes sociales digitales tienes popularidad y reconocimiento, es capaz de influir y crear tendencias en un gran número de seguidores, puedes tener obligaciones tributarias derivadas de tus actividades en estos entornos digitales.
Dependerá del tipo de actividad que realices para determinar cómo y qué impuestos debes pagar. El pasado 21 de junio de 2022, se publicó en el portal de SUNAT el Informe N° 000044-2022-SUNAT/7T0000, en el cual se formula la siguiente consulta: A qué categoría de renta corresponden los ingresos que generan las personas naturales domiciliadas en el Perú por el desarrollo de actividades en su calidad de “influencers” por las cuales obtienen pagos efectuados por determinadas operaciones que son especificadas en el informe, las cuales son propias a la actividad de todo “influencer”.
Ante ello, el informe bajo comentario nos presenta la siguiente conclusión:
Califican como rentas de tercera categoría los ingresos que generan las personas naturales domiciliadas en el Perú por el desarrollo de actividades en su calidad de “influencers”, por las cuales obtienen pagos efectuados por:
1. Los anunciantes, ya sea en dinero o en especie, por mostrar y/o promocionar los bienes y/o servicios materia de auspicio en los canales, historias o contenido audiovisual que estos (los influencers) producen y difunden en sus redes sociales.
2. Las plataformas digitales en las que tales sujetos operan, por introducir publicidad en los videos o contenidos digitales que estos producen y difunden en dichas redes.
3. Sus seguidores en redes sociales, por obtener accesos de manera anticipada a ciertos contenidos o foros especializados en las citadas redes de los influencers.
4. Monetizar el canal o plataforma digital en la que los mencionados sujetos interactúan con sus seguidores, autorizando a dicha plataforma a colocar publicidad en sus contenidos, siendo que esta les exige a los influencers una cantidad mínima de suscripciones y/o visualizaciones del citado contenido, emitiéndoles un cheque por concepto de ganancias únicamente cuando la suma resulte mayor a un determinado monto.
Sí, son varios puntos que Sunat a tomado para esta actividad, Si quieres ver el Informe completo has click en el siguiente ENLACE.
Ahora que conoces esta información, toma en cuenta cada punto mencionado y no olvides escribirnos a nuestro WhatsApp si tuvieras alguna duda. ¡Pasa la voz!