¿CÓMO GENERAR EL NPS DE LA SUNAT?

Una palabra muy usada para pagar nuestros impuestos, peeeero sabemos lo que es realmente…. ¡Atento! aquí te lo explicamos! 🙂

El Número de Pago de la SUNAT, es el que se crea en Operaciones en Línea de la SUNAT por parte de la persona usuaria que desee efectuar un pago, previa indicación del monto a pagar en los formularios virtuales. Dicho instrumento facilita y agiliza la realización del pago de los impuestos en las oficinas o en otros canales de servicio bancario autorizados.

A partir de la generación del NPS, la persona deudora tiene que acudir a un banco o utilizar otro canal de servicio bancario que le permita realizar el pago e indicar el NPS, usualmente utilizamos nuestra App de bancos para poder cancelar.

¿Cómo generar el NPS?

Como requisito se solicita que nos identifiquemos con nuestro DNI o RUC y la Clave Sol, para ingresar a la pagina de Sunat.

En caso de querer realizar el pago de impuestos como IGV, impuesto a la renta, sanciones, fraccionamientos o aplazamientos, u otro tipo de impuestos en una entidad bancaria, de forma presencial o virtual, podrá generarse un Número de Pago Sunat (NPS) a través de Sunat Operaciones en Línea (SOL).

En el momento de su creación, cada NPS presenta una fecha de caducidad indicada. Usted dispone de uno nuevo si no ha pagado dentro de ese plazo. Recuerde también que tiene que abonar el importe completo indicado en el NPS, porque no puede fraccionarse.

Paso a paso

  1. Ingrese a Operaciones en Línea (SOL) con su RUC y clave SOL
  2. Diríjase a la opción de «Mis Declaraciones y Pagos»
  3. Identifique y seleccione el formulario según el trámite que desea realizar y complete la información.
  4. Si el impuesto a pagar se encuentra contemplado en la lista admitida por Sunat para pagos con NPS, le aparecerá como opción.
  5. Elija, guarde el número y utilícelo para realizar el pago en cualquiera de los bancos de la lista.
  6. Aquí te dejamos un video explicativo 🙂

Puedes pagar con el NPS lo siguiente:

  • Tributos y multas
  • Impuesto General a las Ventas (IGV), Impuesto a la Renta de 3ra Categoría del Régimen General, Régimen Mype y Régimen Especial (Formulario Virtual 621)
  • Impuesto a la Renta de 2da categoría por enajenación de inmuebles (Formulario Virtual 1665), 4ta Categoría (Trabajadores Independientes – Formulario Virtual 616)
  • Cuota de acogimiento de fraccionamiento y refinanciamientos
  • Pago de las cuotas de fraccionamientos y refinanciamientos
  • Importes a pagar consignados en los PDT

«La excelencia no es un acto, es un hábito» —Aristóteles

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